Registrar tu música en España: Qué debes saber

04 de junio de 2021

Con suerte y trabajo, llegaremos al punto en el que nuestras creaciones musicales suenan con calidad y comenzamos a trabajar con otros artistas. Un punto muy importante y que la mayoría de l@s artistas pasan por alto, es el registro de sus composiciones. Registrar tu música te permite poseer los derechos de autor de ésta y proteger tus creaciones frente posibles plagios y usos no autorizados.

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Desde el momento en el que creamos un tema, tiene derechos de autor siempre y cuando dejemos prueba de su creación. Uno de los aspectos clave en la protección de tales derechos es el registro de las obras como prueba de nuestra autoría o nuestra titularidad de derechos. ¿Cómo registrar tu música? A grandes rasgos, te contamos qué debes tener en cuenta.

Registro territorial de la Propiedad Intelectual

Lo primero que debes hacer es registrar tu obra en el Registro de la Propiedad Intelectual de tu comunidad autónoma. Este registro puede hacerse presencialmente, por internet o por correo postal. Existen diferentes registros según el tipo de obra a registrar:

  • Puedes registrar letras, canciones (incluye música y letra) o solo la música.
  • Puedes registrar obras únicas, a título por registro o puedes registrar un conjunto de obras (álbum).
  • Por último, según el tipo de obras, éstas pueden ser inéditas, si no fueron editadas, publicadas o exhibidas, bajo ningún medio u obras públicas, si fueron grabadas, publicadas o exhibidas en público.

Para el registro de tu obra, será necesario presentar la documentación requerida según el tipo de registro a realizar. Para conocer al detalle qué documentación es necesaria, visita la web del registro territorial de la propiedad intelectual de tu comunidad autónoma.

Además, será necesario realizar el pago correspondiente a las tasas administrativas. El valor del pago dependerá de del tipo de registro, así como del número de canciones que se deseen registrar.

¿Es obligatorio registrar tu música? No, no es obligatorio. En España, se adquieren los derechos sobre la obra automáticamente tras su creación. No obstante, el registro de tu obra en el registro de la propiedad intelectual es la única manera de demostrar oficialmente que la obra es tuya, ya que el registro supone una prueba cualificada.

Registrar tu música

Gestión de derechos de autor y regalías

La entidad encargada de gestionar el cobro y reparto de estos derechos de autor es la SGAE (Sociedad General de Autores y Editores). Para formar parte de la SGAE primero deberás inscribirte como socio. La manera estándar de inscribirte como socio requiere de la presentación de una obra de tu propiedad. A su vez, deberás presentar la documentación necesaria según el tipo de obra que quieras inscribir. En este enlace puedes consultar dicha información. Debemos ser pacientes ya que el proceso puede alargarse un par de meses.

Si, por el contrario, hemos realizado una colaboración con otro artista que sí está registrado en la SGAE, este artista puede registrarnos como productor de la obra, usando nuestro nombre completo y DNI. En este caso, tu registro en la SGAE será más rápido y sencillo, ya que no deberás presentar toda la documentación necesaria referente a una obra de tu propiedad. Solo deberás acudir a las oficinas con tu documento de identidad y abonar el pago de la tasa de socio (pago único de 15 euros).

En resumen, el registro en la SGAE te permite cobrar por aquellas obras registradas que han sido utilizadas en un medio público, ya sea la radio, televisión, etc. Por otro lado, el registro territorial de la propiedad intelectual tiene una función probatoria, siendo la única prueba oficial de autoría.

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Otras entidades

Existen otras entidades de carácter privado a través de las cuales se puede demostrar la autoría de tus obras, como Safe Creative o Creative Commos. Sin embargo, estos registros solo pueden funcionar como prueba adicional y no como prueba oficial, ya que eso es competencia del Registro territorial de la Propiedad Intelectual

Conclusiones

En definitiva, aunque puede resultar un proceso algo tedioso, te recomendamos registrar tu música. A parte de la seguridad que el registro otorga y los posibles cobros que puedes recibir, estar registrado en la SGAE es un básico para cualquier artista que se considere profesional.

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